Artículo 13.037.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[TÍTULO DÉCIMO TERCERO — CAPÍTULO CUARTO] 13.037.00 Las Emisoras que pretendan realizar una oferta pública de valores en alguna Bolsa Extranjera, deberán cumplir los requisitos y procedimientos establecidos para tal efecto, conforme a las disposiciones aplicables en el mercado de valores del exterior reconocido de que se trate. XIV- 1 TÍTULO DÉCIMO CUARTO DEL CONTROL INTERNO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.