Artículo 14.003.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[TÍTULO DÉCIMO CUARTO — CAPÍTULO CUARTO] 14.003.00 En términos de las Disposiciones aplicables, el nombramiento del responsable de llevar a cabo las funciones de la Contraloría Normativa deberá recaer en personas que acrediten contar con calidad técnica, honorabilidad e historial crediticio satisfactorio, amplios conocimientos y experiencia en materia financiera o administrativa, así como cumplir cuando menos con los requisitos siguientes: I. Ser residente en territorio nacional en términos de lo dispuesto por el Código Fiscal de la Federación. II. No realizar o ejercer funciones de inspección, vigilancia o regulación de la Bolsa o sus participantes. III. Cualquier otro que la Bolsa determine como necesario para el mejor desempeño de sus funciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.