Artículo 4.034.01 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 4.034.01 Tratándose de Emisoras que sean Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro tendrán las obligaciones a que se refieren las fracciones II, III, VI, inciso E) de la fracción XVII, XX, XXI, XXIV, XXV y XXVI de la disposición 4.033.00, así como la establecida en el último párrafo de la disposición 4.034.00 de este Reglamento. No obstante lo anterior, las referidas sociedades deberán proporcionar a la Bolsa, aquella información que señalen las Disposiciones aplicables.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.