Artículo 4.040.02 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 4.040.02 Cuando por alguna circunstancia se negocien en el esquema de operación por subasta a que se refiere la disposición anterior, valores de alta y media bursatilidad según la clasificación que establezca la Bolsa o bien, éstos formen parte de algún Indicador de Mercado que sea representativo, a que se refiere el Título Noveno de este Reglamento, la Bolsa podrá determinar que los citados valores regresen al esquema de operación continua, siempre que la Emisora respectiva presente grados de avance significativos en la corrección del incumplimiento a los requisitos de mantenimiento del listado mencionados en la disposición 4.040.01 y se encuentre al corriente en la entrega de la información a que se refiere el Capítulo Quinto de este Título. SECCIÓN SEGUNDA EVENTOS RELEVANTES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.