Reglamento federal

Artículo 4.052.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)

Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 4.052.00 La sociedad anónima que desee cancelar su incorporación en el listado previo a que se refiere la disposición 4.004.00, deberá presentar a la Bolsa la solicitud correspondiente debidamente firmada por su representante legal. En el evento de que la sociedad anónima no lleve a cabo la colocación de los valores dentro del plazo de dos años a que se refieren las Disposiciones aplicables, la Bolsa cancelará, sin que medie solicitud de la referida sociedad, su incorporación en el listado previo. En caso de que la sociedad anónima no proporcione a la Bolsa, en lo conducente, la información a que se refiere la disposición 4.033.00 y la Sección Segunda del Capítulo Quinto de este Título, la Bolsa previa audiencia de la referida sociedad, y sin necesidad de que medie solicitud cancelará su incorporación en el listado previo, sujetándose a los términos y condiciones establecidas en el artículo 248 de la Ley. Para efectos de lo establecido en el párrafo anterior, resultará aplicable en lo conducente, el procedimiento previsto por la disposición 4.040.00 de este Reglamento, según corresponda. En cualquiera de los supuestos a que se refiere esta disposición, la Bolsa cancelará la incorporación de la sociedad anónima en el listado previo, una vez que la Comisión haya emitido el oficio de cancelación en el Registro.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 4.052.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 4.052.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)?

[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 4.052.00 La sociedad anónima que desee cancelar su incorporación en el listado previo a que se refiere la disposición…

¿Está vigente el artículo 4.052.00?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2025-08-08. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.