Artículo 5.013.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 5.013.00 Las Posturas y Operaciones estarán estandarizadas por volumen conforme a los Lotes que determine la Bolsa, pudiendo esta última fijar Lotes diferentes por Tipo de Valor, Emisora o Serie. Asimismo, los precios de las Posturas y Operaciones estarán sujetos a las Pujas que determine la Bolsa. La Bolsa dará a conocer a los Miembros y al público en general los Lotes y Pujas que determine, a través de cualquiera de los medios señalados en el Título Noveno de este Reglamento. SECCIÓN TERCERA OPERACIONES DE COLOCACIÓN Y ALTA DE VALORES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.