Artículo 5.035.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 5.035.00 Las Posturas de compra y de venta perfeccionarán una Operación cuando el precio de las primeras sea igual o mayor que el de las segundas o cuando el precio de las segundas sea igual o menor que el de las primeras. Lo anterior, en el entendimiento de que la Operación respectiva tendrá como precio el correspondiente a la Postura que primeramente se haya ingresado en el Libro Electrónico. Si las Posturas de compra y de venta no coinciden en volumen de negociación, la Operación se perfeccionará automáticamente hasta por el monto de la Postura de menor volumen, quedando vigente la Postura con el remanente del volumen no negociado, excepto en los casos previstos en el Manual.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.