Artículo 5.036.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 5.036.00 La Bolsa, concertada una Operación, actualizará el Libro Electrónico estableciéndose la prioridad de las Posturas que se encuentren vigentes, de conformidad con lo establecido en la disposición 5.034.00 de este Reglamento. SECCIÓN SEGUNDA APARTADO PRIMERO POSTURAS DE CRUCE POR FORMATO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.