Artículo 5.045.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 5.045.00 La Postura podrá ser modificada o cancelada por el Operador que la hubiere formulado, siempre y cuando no haya encontrado contraparte, en términos de las Disposiciones aplicables. Los Operadores podrán consultar las características de las Operaciones al Cierre que se especifiquen en el Manual, a través del Sistema Electrónico de Negociación. V- 12
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.