Artículo 6.003.01 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 6.003.01 Tratándose de información correspondiente a emisoras de valores extranjeros listados en el Sistema Internacional de Cotizaciones, la Bolsa la pondrá a disposición del público inversionista, especificando en su página electrónica en la red mundial de información denominada “Internet”, el micro sitio a través del cual dicha información puede ser consultada.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.