Artículo 6.006.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 6.006.00 En caso de que el Indeval no proporcione la información en materia de ejercicio de derechos corporativos o patrimoniales dentro de los plazos a que se refiere la disposición 6.005.00 de este Reglamento, la Bolsa dará a conocer tal circunstancia al mercado a través de cualquiera de los medios señalados en el Título Noveno de este Reglamento, y podrá aplicar el Ex-Derecho y, en su caso, calcular el Precio Ajustado el día hábil siguiente a aquél en que tenga conocimiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.