Artículo 9.013.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 9.013.00 La Bolsa podrá publicar en cualquiera de los medios a que se refiere la disposición 9.011.00 anterior, las disposiciones de carácter general que expidan las autoridades financieras y que le sean remitidas, con el propósito de facilitar su conocimiento y correcta aplicación. X- 1 TÍTULO DÉCIMO MEDIDAS PREVENTIVAS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.