Artículo 7 de Tratado de Extradicios Unidos Mexicanos y la República de Bolivia, firmado en la Ciudad de México, el 25 de octubre de 2007.
Tratado de Extradicios Unidos Mexicanos y la República de Bolivia, firmado en la Ciudad de México, el 25 de octubre de 2007. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
EXTRADICIÓN SUMARIA Si el reclamado manifiesta a las autoridades competentes de la Parte Requerida su consentimiento para ser extraditado, dicha parte deberá conceder su extradición sin mayores trámites y tomará todas las medidas permitidas por sus leyes para expeditar la extradición.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.