Artículo 10 de Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, firmado en San Salvador, El Salvador, el 22 de noviembre de 2011.
Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, firmado en San Salvador, El Salvador, el 22 de noviembre de 2011. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1: Definiciones Para los efectos de este Capítulo, se entenderá por:
condiciones compensatorias especiales: las condiciones o compromisos impuestos o considerados por una entidad contratante, para fomentar el desarrollo local o mejorar las cuentas de la balanza de pagos de una Parte a través de requisitos de contenido local, licencias para el uso de tecnología, inversiones, comercio compensatorio o requisitos similares;
entidad contratante: una entidad listada en el Anexo 10.2;
escrito o por escrito: toda expresión en palabras o números que puede ser leída, reproducida y posteriormente comunicada e incluye información transmitida y almacenada electrónicamente;
especificación técnica: una especificación que establece las características de las mercancías a ser adquiridas o sus procesos y métodos de producción conexos, o las características de servicios a ser adquiridos o sus métodos de operación relacionados, incluidas las disposiciones administrativas aplicables y los requisitos relacionados con los procedimientos de evaluación que una entidad contratante fija. Una especificación técnica también puede incluir o referirse exclusivamente a materias relativas a terminología, símbolos, embalaje, o requisitos de marcado o etiquetado aplicables a una mercancía, proceso, servicio, o método de producción u operación;
procedimiento de evaluación de la conformidad: todo procedimiento utilizado, directa o indirectamente, para determinar que se cumplen las prescripciones pertinentes de los reglamentos técnicos o normas;
procedimientos de licitación abiertos: cualquier tipo de método de contratación de una Parte, excepto métodos de contratación directa según lo establecido en el Artículo 10.13, siempre que dichos métodos sean consistentes con este Capítulo;
proveedor: una persona que ha provisto, provee o podría proveer mercancías o servicios a una entidad contratante;
publicar: difundir información a través de un medio electrónico o en papel, que se distribuye ampliamente y se encuentre fácilmente disponible al público en general; y servicios: incluye servicios de construcción, salvo que se especifique lo contrario.
(Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 31 de agosto de 2012
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.