Artículo 12 de Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de Guernsey para el Intercambio de Información en Materia Tributaria, hecho en la Ciudad de México el 10 de junio de 2011 y en Saint Peter Port, Guernsey el 27 de junio de 2011.
Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de Guernsey para el Intercambio de Información en Materia Tributaria, hecho en la Ciudad de México el 10 de junio de 2011 y en Saint Peter Port, Guernsey el 27 de junio de 2011. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Interpretación Las autoridades competentes podrán tomar en consideración los comentarios al Modelo de Acuerdo sobre Intercambio de Información en Materia Tributaria de 2002 de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) (Modelo de Acuerdo de la OCDE) cuando se interpreten disposiciones del presente Acuerdo que sean idénticas a las disposiciones del Modelo de Acuerdo de la OCDE.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.