Artículo 13 de Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de Guernsey para el Intercambio de Información en Materia Tributaria, hecho en la Ciudad de México el 10 de junio de 2011 y en Saint Peter Port, Guernsey el 27 de junio de 2011.
Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de Guernsey para el Intercambio de Información en Materia Tributaria, hecho en la Ciudad de México el 10 de junio de 2011 y en Saint Peter Port, Guernsey el 27 de junio de 2011. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Entrada en Vigor El presente Acuerdo entrará en vigor 30 (treinta) días después de la recepción de la notificación escrita realizada por la última Parte que haya completado sus formalidades jurídicas requeridas para la entrada en vigor. A partir de la fecha de entrada en vigor, el Acuerdo surtirá sus efectos:
a) en esa fecha para asuntos penales fiscales; y b) en esa fecha para todos los demás asuntos contemplados por el Artículo 1, pero únicamente para ejercicios fiscales que comiencen el o a partir de la fecha de firma del presente Acuerdo o, cuando no exista ejercicio fiscal, todos los cargos por impuestos que se generen en la fecha o a partir de la fecha de firma.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.