Código Administrativo estatal

Artículo 1303 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila

Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Se aplicará una multa hasta por la cantidad de mil pesos, a juicio del Ejecutivo, por infracciones a cualquiera de las disposiciones de este Capítulo, sin perjuicio de, si se tratare de concesionarios o permisionarios, declarar la caducidad o la revocación, en su caso, en los términos de los artículos 1287 y 1288 de este ordenamiento.

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Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1303 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila?

Se aplicará una multa hasta por la cantidad de mil pesos, a juicio del Ejecutivo, por infracciones a cualquiera de las disposiciones de este Capítulo, sin perjuicio de, si se tratare de concesionarios o permisionarios,…

¿Está vigente el artículo 1303?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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