Artículo 1640 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Salvo disposición expresa en contrario, que otorgue el carácter de definitivas o inmodificables a ciertas resoluciones, el Gobernador del Estado podrá revisar todos los actos administrativos de sus subordinados, confirmándolos, modificándolos o revocándolos.
(REFORMADO, P.O. 12 DE MAYO DE 2001)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.