Artículo 1662 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
También corresponde este derecho al último propietario de un bien adquirido por el Estado en virtud de procedimientos de derecho público, cuando éste vaya a ser vendido, excepto cuando se esté en los casos previstos por los artículos 1510 fracción II y 1520 de esta Ley. Este aviso se dará mediante una sola publicación en el Periódico Oficial del Estado.
(REUBICADO, P.O. 28 DE AGOSTO DE 1982)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.