Artículo 703 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los directores y alcaides darán cuenta dentro de los primeros cinco días de cada mes, a los Ayuntamientos y a la Fiscalía General del Estado, de la existencia y movimiento de presos, del trabajo desarrollado por éstos y de su producto, y de todos los incidentes importantes que ocurran en el interior de las prisiones. Así mismo, comunicarán mensualmente a la Tesorería del Estado o Municipales y a la Dirección de Gobernación, el movimiento de caudales por sostenimiento y producto del trabajo de los internos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.