Código Administrativo estatal

Artículo 821 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila

Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las instituciones privadas y los particulares no necesitan autorización del Estado para impartir enseñanza diferente a la primaria, secundaria o normal, o la especial de cualquier tipo o grado para obreros y campesinos. En consecuencia, podrán formular libremente sus planes de estudio, programas y métodos de enseñanza; sin embargo, para que se reconozca validez oficial a sus estudios, será necesario que se satisfagan los requisitos establecidos en este Código.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 821 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila?

Las instituciones privadas y los particulares no necesitan autorización del Estado para impartir enseñanza diferente a la primaria, secundaria o normal, o la especial de cualquier tipo o grado para obreros y campesinos.…

¿Está vigente el artículo 821?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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