Artículo 822 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La transmisión de conocimientos o de principios que se realicen privadamente, fuera de las escuelas, en el seno de la familia, de persona a persona o en circunstancias análogas, no estará sujeta a restricción alguna, salvo las limitaciones que para la manifestación de las ideas señala el artículo 6o. de la Constitución Federal, para los casos de ataque a la moral, los derechos de tercero, provocación de algún delito o perturbación del orden público; pero no tendrá validez oficial, ni exime, en su caso, del carácter obligatorio de la educación primaria.
CAPITULO II DE LA COORDINACION DE SERVICIOS EDUCATIVOS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.