Artículo 2556 de Código Civil del Estado de Aguascalientes
Código Civil del Estado de Aguascalientes · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2556.- Los asociados que voluntariamente se separen o fueren excluídos, perderán todo derecho al haber social, salvo pacto en contrario que se consigne en los Estatutos respectivos.
(REFORMADO, P.O. 3 DE ENERO DE 2022)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.