Artículo 267 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
267.- La situación de los hijos e hijas menores se determinará por medio de convenio o, en la ausencia de éste, por el juez competente. En ambos casos se hará conforme a lo establecido por el artículo 247.
La sentencia que se pronuncie en definitiva, fijará la situación de los hijos e hijas, para lo cual el juez competente deberá resolver todo lo relativo a los derechos y deberes inherentes a la guarda y custodia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.