Artículo 5.114 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 5.114.- Cuando los bienes unidos puedan separarse sin detrimento los propietarios pueden pedir la separación.
Bienes separables con deterioro
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.