Artículo 6.256 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 6.256.- El albacea tiene derecho de elegir entre lo que deja el testador por el desempeño del cargo y lo que la ley le concede.
Retribución a albaceas mancomunados
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.