Artículo 6.282 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 6.282.- El albacea, aprobado el inventario y avalúo, no podrá pagar los legados, sin haber cubierto o asignado bienes bastantes para pagar las deudas.
Acción de los acreedores hereditarios contra legatarios
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.