Artículo 7.15 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.15.- La acción y la excepción de nulidad por falta de forma competen a todos los interesados.
Legitimación en la nulidad por error, dolo, violencia, lesión o incapacidad (REFORMADO, G.G. 25 DE AGOSTO DE 2015)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.