Artículo 7.334 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.334.- La entrega del título al deudor hace presumir el pago de la deuda contenida en el mismo.
Declaración de aplicación del pago ante varias deudas
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.