Artículo 7.677 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.677.- El copropietario requiere para rentar el bien, del consentimiento de los demás copropietarios.
Incapacidad para ser arrendatario
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.