Artículo 1044 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1044.- FRUTOS INDUSTRIALES. Son frutos industriales los que producen las heredades o fincas de cualquier especie, mediante el cultivo o trabajo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.