Artículo 1113 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1113.- MODALIDADES DEL USUFRUCTO. El usufructo puede constituirse desde o hasta cierto día, puramente y bajo condición.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.