Artículo 1117 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1117.- EFECTOS DERIVADOS DEL TITULO CONSTITUTIVO DEL USUFRUCTO. Los derechos y obligaciones de usufructuario y del propietario se arreglan, en todo caso, por el título constitutivo del usufructo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.