Artículo 1309 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1309.- SUPUESTO DE FALTA DE OBLIGACION DEL DOCUMENTO CIVIL AL PORTADOR. Desaparece la obligación consignada en documento expedido al portador, si el emitente demuestra que el título entró en circulación contra su voluntad, que tiene una fuente ilícita, o que hubo un error de hecho o de derecho determinante de su voluntad, como única causa o motivo de la expedición del documento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.