Artículo 1312 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1312.- NOCION DE ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA. Se entiende que existe el enriquecimiento sin causa, cuando se opere el aumento de un patrimonio en detrimento de otro, sin que haya una fuente jurídica de obligaciones o derechos a través de la cual pueda fundarse dicho aumento.
Debe existir una relación de causa a efecto entre el empobrecimiento y el enriquecimiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.