Artículo 1378 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1378.- CADUCIDAD DE LA OBLIGACION CONDICIONAL DE VERIFICACION DE ACONTECIMIENTO CIERTO EN TIEMPO FIJO. La obligación contraída bajo la condición de que un acontecimiento suceda en un Integrado por: Subdirección de Informática Jurídica Página 150 de 356 Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones Comisión Nacional de los Derechos Humanos Marco normativo Código Civil para el Estado de Morelos CNDH Fecha de publicación: 13 de octubre de 1993 Última reforma integrada: 8 de marzo de 2017 tiempo fijo, caduca si pasa el término sin realizarse, o desde que sea indudable que la condición no puede cumplirse.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.