Código Civil estatal

Artículo 1650 de Código Civil del Estado de Morelos

Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Articulo 1650.- INOPERANCIA DE LA NOVACION POR DACION EN PAGO SUFRIENDO EVICCION EL ACREEDOR. Por virtud de la dación en pago no opera la novación en los casos en que el acreedor sufra evicción respecto al Integrado por: Subdirección de Informática Jurídica Página 197 de 356 Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones Comisión Nacional de los Derechos Humanos Marco normativo Código Civil para el Estado de Morelos CNDH Fecha de publicación: 13 de octubre de 1993 Última reforma integrada: 8 de marzo de 2017 nuevo bien que reciba. Para todos los demás efectos, se reconocen las consecuencias jurídicas establecidas por este Código respecto a la novación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1650 de Código Civil del Estado de Morelos?

INOPERANCIA DE LA NOVACION POR DACION EN PAGO SUFRIENDO EVICCION EL ACREEDOR. Por virtud de la dación en pago no opera la novación en los casos en que el acreedor sufra evicción respecto al Integrado por: Subdirección…

¿Está vigente el artículo 1650?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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