Artículo 1732 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1732.- FIJACION DEL PRECIO POR LOS CONTRATANTES. Los contratantes pueden convenir en que el precio sea el que corre en día o lugar determinados.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.