Código Civil estatal

Artículo 1825 de Código Civil del Estado de Morelos

Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Articulo 1825.- PERFECCIONAMIENTO DE LA DONACION. La donación es perfecta desde que el donatario la acepta y hace saber la aceptación al donador.

La aceptación debe hacerse en vida del donante.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1825 de Código Civil del Estado de Morelos?

PERFECCIONAMIENTO DE LA DONACION. La donación es perfecta desde que el donatario la acepta y hace saber la aceptación al donador. La aceptación debe hacerse en vida del donante.

¿Está vigente el artículo 1825?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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