Artículo 1994 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1994.- APLICACION DE LAS REGLAS DEL DEPOSITO AL SECUESTRO. Fuera de las excepciones mencionadas en los artículos anteriores, rigen para el secuestro convencional las mismas disposiciones que para el depósito.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.