Artículo 2015 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 2015.- OBLIGACION DEL MANDATARIO DE DAR AVISO AL MANDANTE. El mandatario está obligado a dar oportunamente noticia al mandante de todos los hechos o circunstancias que puedan determinarlo a revocar o modificar el encargo. Asimismo, debe dársela sin demora de la ejecución de dicho encargo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.