Artículo 45 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 45. La protección del derecho a la individualidad o identidad personal por medio del nombre, se rige por lo dispuesto en este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.