Artículo 512 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 512. Si el que teniendo una excusa legítima para ser tutor acepta el cargo, se entiende que renuncia por el mismo hecho a la excusa que le concede la ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.