Artículo 1804 de Código Civil del Estado de Sonora
Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1804.- El albacea puede demandar a los herederos o legatarios por la ejecución de las cargas que el testador le hubiere impuesto en favor de un legatario. Este también puede intentar la acción correspondiente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.