Artículo 678 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
678.- La nulidad de la sustitución fideicomisaria, no importa la de la institución de heredero o legatario, teniéndose únicamente por no escrita la cláusula fideicomisaria.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.