Código Civil estatal

Artículo 1676 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358

Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1676.- La oferta hecha mediante declaración unilateral de voluntad para obligarse a favor de personas indeterminadas, podrá referirse a todo tipo de contrato y obligará al oferente a celebrarlo de acuerdo con lo ofrecido, a menos que la oferta haya sido revocada antes de que se acepte y con la misma publicidad que la oferta.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1676 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358?

La oferta hecha mediante declaración unilateral de voluntad para obligarse a favor de personas indeterminadas, podrá referirse a todo tipo de contrato y obligará al oferente a celebrarlo de acuerdo con lo ofrecido, a…

¿Está vigente el artículo 1676?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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