Artículo 2257 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358
Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2257.- El permutante que sufriere evicción del bien que recibió en cambio, podrá reinvindicar el que dió, si se hallare aún en poder del otro permutante, o exigir el valor del bien ofrecido, además del pago de daños y perjuicios.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no perjudicará los derechos que a título oneroso haya adquirido un tercero de buena fe sobre el bien que reclame el que sufrió la evicción.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.