El artículo 1127 del Código Civil Federal se refiere a la interpretación de las servidumbres, que son derechos que permiten a una persona usar una parte de la propiedad de otra. En caso de que surjan dudas sobre cómo se debe utilizar o qué tan amplia es una servidumbre, la decisión se tomará de manera que cause el menor inconveniente posible al predio que tiene la carga de la servidumbre, conocido como predio sirviente.
Esto significa que, al resolver cualquier ambigüedad, se prioriza el bienestar del predio sirviente, siempre y cuando no se dificulte el ejercicio del derecho de servidumbre. A continuación, algunos puntos clave:
- Las dudas sobre la servidumbre se resuelven a favor del predio sirviente.
- Se busca minimizar el impacto negativo en el predio sirviente.
- No se debe obstaculizar el uso de la servidumbre.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.