Código federal

Artículo 1171 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1171.- Lo dispuesto en los dos artículos anteriores es aplicable a los herederos del deudor.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1171 del Código Civil Federal menciona que lo que se establece en los dos artículos anteriores también se aplica a los herederos del deudor. Esto significa que las disposiciones que se refieren a las obligaciones y derechos del deudor no solo afectan a la persona que contrajo la deuda, sino que también tienen repercusiones para sus herederos.

  • Los herederos asumen ciertas responsabilidades relacionadas con las deudas del deudor.
  • Las obligaciones del deudor pueden extenderse a su patrimonio heredado.

En resumen, los herederos deben tener en cuenta que las deudas del deudor pueden influir en su situación patrimonial tras la muerte de este.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1171 de Código Civil Federal?

Lo dispuesto en los dos artículos anteriores es aplicable a los herederos del deudor.

¿Está vigente el artículo 1171?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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