Código federal

Artículo 1323 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1323.- Por presunción contraria a la libertad del testador, son incapaces de heredar por testamento, el médico que haya asistido a aquél durante su última enfermedad, si entonces hizo su disposición testamentaria; así como el cónyuge, ascendientes, descendientes y hermanos del facultativo, a no ser que los herederos instituidos sean también herederos legítimos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1323 del Código Civil Federal establece que ciertas personas no pueden heredar por testamento si han estado involucradas en la asistencia médica del testador durante su última enfermedad. Esto incluye al médico que atendió al testador en ese periodo, así como a su cónyuge, ascendientes, descendientes y hermanos, a menos que los herederos designados sean también herederos legítimos.

  • El médico que asistió al testador en su última enfermedad no puede heredar.
  • El cónyuge, ascendientes, descendientes y hermanos del médico tampoco pueden heredar.
  • Se permite la herencia si los herederos designados son también herederos legítimos.

Esto busca evitar conflictos de interés y asegurar que las decisiones testamentarias sean realmente libres y no influenciadas por quienes tuvieron un papel en la atención médica del testador.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1323 de Código Civil Federal?

Por presunción contraria a la libertad del testador, son incapaces de heredar por testamento, el médico que haya asistido a aquél durante su última enfermedad, si entonces hizo su disposición testamentaria; así como el…

¿Está vigente el artículo 1323?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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